Deducciones fiscales por actividades de Investigación y Desarrollo de hasta un 59%

Las deducciones fiscales por I + D + i e IT (Innovación Tecnológica) fueron introducidas por el Gobierno en España para fomentar el cambio de modelo productivo y la mejora de la competitividad a través de la innovación.

Las deducciones fiscales por actividades de Investigación y Desarrollo e Innovación Tecnológica, reflejadas en el Artículo 35 del TRLIS, son las ayudas más potentes en el marco fiscal de la OCDE.

Permiten recuperar hasta el 59% de los gastos incurridos en I + D + i (horas de personal, prototipos, subcontrataciones, amortizaciones …) y un 12% de la inversión realizada en Innovación Tecnológica.

La Ley de Emprendedores 14/2013 establece la posibilidad de aplicar las deducciones por I + D + i sin limitación en la cuota íntegra del impuesto de sociedades, e incluso, aquellas empresas sin beneficio pueden monetizar el 80% de las deducciones calculadas en cash directo.

Pago fraccionado del impuesto de sociedades

Con la aprobación del Real Decreto Ley 2/2016, de 30 de septiembre de 2016, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público ; el gobierno en funciones ha modificado los pagos fraccionados del Impuesto sobre sociedad para reducir el déficit público.

PIMEC ya ha manifestado su rechazo a la medida al considerarla desproporcionada y porque afecta a un número elevado de pymes , sin capacidad financiera suficiente como para afrontar unos pagos sobrevenidos y sin margen de maniobra para la inmediata aplicación.

Medidas como estas, hacen más que nunca que la empresa tenga que optimizar al máximo sus recursos para hacer frente a gastos ajenos a su actividad. Es por ello, que las deducciones por I + D + i son un elemento muy importante a ser tratado para las empresas.

¿Qué aportan estas deducciones fiscales por I + D + i en tu empresa?

  • Efecto financiero inmediato sobre el resultado neto y los fondos propios.
  • Posibilidad de reducir el Impuesto de Sociedades y acumular un crédito fiscal de hasta 18 años.

Es por ello que desde PIMEC gestionamos íntegramente estas desgravaciones fiscales a nuestros socios para las actividades relacionadas con la I + D y Innovación Tecnológica, y les damos la máxima seguridad jurídica gracias a la experiencia de nuestros especialistas para no tener problemas con el aumento de inspecciones de los últimos años en las empresas.

Y ¿vosotros? ¿Tiene la máxima seguridad fiscal de sus deducciones por I + D + i?

Jordi Turu, consultor Departamento de consultoría y financiación de PIMEC

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

Previous Story

¿Evoluciona el precio de los carburantes de acuerdo con el precio del petróleo?

Next Story

Una comunicación corporativa óptima requiere de …

Latest from Competitividad