{"id":19374,"date":"2019-05-09T12:10:44","date_gmt":"2019-05-09T10:10:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.enactiu.org\/?p=19374\/"},"modified":"2021-04-12T16:52:26","modified_gmt":"2021-04-12T14:52:26","slug":"igualdad-las-pymes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.enactiu.org\/es\/igualdad-las-pymes\/","title":{"rendered":"La igualdad en las pymes"},"content":{"rendered":"<p>La igualdad de oportunidades es un derecho universal reconocido por todas las sociedades democr\u00e1ticas, relacionado con la dignidad y la libertad humanas. No es una cuesti\u00f3n que afecta tan solo a las mujeres, sino tambi\u00e9n a la sociedad en general, tanto hombres como mujeres.<\/p>\n<p>Uno de los objetivos principales del Pacto Mundial de Naciones Unidas es conseguir la igualdad de g\u00e9nero y empoderar a todas las mujeres y ni\u00f1as (ODS\u00a05). La igualdad de g\u00e9nero no es solo un derecho fundamental, sino la base necesaria para conseguir un mundo pac\u00edfico, pr\u00f3spero y sostenible.<\/p>\n<p>La igualdad entre hombres y mujeres es un principio jur\u00eddico universal reconocido por las normativas internas e internacionales; sin embargo, distintas realidades nos demuestran que la igualdad plena en todos los \u00e1mbitos todav\u00eda no es un hecho. Las empresas tienen un rol clave en este sentido, deben adoptar, a nivel interno y externo, pol\u00edticas y procedimientos para garantizar los mismos derechos y oportunidades laborales a todas las personas trabajadoras, fomentando el crecimiento econ\u00f3mico y el desarrollo social.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-19377 alignleft\" src=\"https:\/\/www.pimealdia.org\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/baixa.png\" alt=\"\" width=\"225\" height=\"225\" srcset=\"https:\/\/www.enactiu.org\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/baixa.png 225w, https:\/\/www.enactiu.org\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/baixa-150x150.png 150w, https:\/\/www.enactiu.org\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/baixa-100x100.png 100w, https:\/\/www.enactiu.org\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/baixa-50x50.png 50w\" sizes=\"auto, (max-width: 225px) 100vw, 225px\" \/>De acuerdo con la Ley 17\/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, todas las empresas est\u00e1n obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el \u00e1mbito laboral y, con este objeto, han de adoptar medidas destinadas a evitar cualquier tipo de discriminaci\u00f3n laboral entre mujeres y hombres.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, todas las empresas est\u00e1n obligadas a adoptar medidas espec\u00edficas y a arbitrar procedimientos para prevenir y dar respuesta a las reclamaciones de acoso sexual y por raz\u00f3n de sexo (art\u00edculo 33 de la Ley 17\/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, y art\u00edculo 48 de la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres). Esto significa que todas las empresas, independientemente de su tama\u00f1o, deben tener un protocolo para prevenir y evitar situaciones de acoso. El incumplimiento de esta obligaci\u00f3n puede dar lugar a la imposici\u00f3n de sanciones por parte de la administraci\u00f3n competente.<strong><br \/>\n<\/strong><br \/>\nDe conformidad con el reciente Real decreto ley 6\/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garant\u00eda de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo, se han introducido importantes cambios en las obligaciones de las pymes en materia de igualdad. En este sentido, cabe destacar que en un plazo de tres a\u00f1os todas las empresas con m\u00e1s de 50 personas trabajadoras tendr\u00e1n que disponer de un plan de igualdad con un diagn\u00f3stico que deber\u00e1 ser negociado y tendr\u00e1 que contener un contenido m\u00ednimo. Hasta la fecha, esta obligaci\u00f3n tan solo la ten\u00edan las empresas con m\u00e1s de 250 personas trabajadoras. Los planes de igualdad forman parte del conjunto de actuaciones en favor de la igualdad entre g\u00e9neros y de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Se considera como una de las herramientas principales de intervenci\u00f3n para afrontar las desigualdades y discriminaciones que sufren las mujeres en los diferentes \u00e1mbitos sociales, pero no exclusivamente en el \u00e1mbito del trabajo y del empleo.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-17892 alignright\" src=\"https:\/\/www.pimealdia.org\/wp-content\/uploads\/2019\/02\/balance-1302200_960_720-300x292.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"292\" srcset=\"https:\/\/www.enactiu.org\/wp-content\/uploads\/2019\/02\/balance-1302200_960_720-300x292.png 300w, https:\/\/www.enactiu.org\/wp-content\/uploads\/2019\/02\/balance-1302200_960_720-600x584.png 600w, https:\/\/www.enactiu.org\/wp-content\/uploads\/2019\/02\/balance-1302200_960_720-400x389.png 400w, https:\/\/www.enactiu.org\/wp-content\/uploads\/2019\/02\/balance-1302200_960_720-50x50.png 50w, https:\/\/www.enactiu.org\/wp-content\/uploads\/2019\/02\/balance-1302200_960_720.png 740w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/>Se introduce la obligaci\u00f3n de llevar un registro de los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones salariales, disgregado por sexos y distribuido por grupos profesionales, categor\u00edas profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor para todas las empresas. Se han incorporado nuevas medidas de conciliaci\u00f3n para poder avanzar hacia una efectiva corresponsabilidad, destacando la nueva regulaci\u00f3n de permisos individuales e intransferibles por nacimiento y cuidado del menor que se ir\u00e1n introduciendo progresivamente en los pr\u00f3ximos tres a\u00f1os.<br \/>\nEl incumplimiento de las obligaciones mencionadas puede dar lugar a la imposici\u00f3n de una sanci\u00f3n grave por parte de la Inspecci\u00f3n de Trabajo, de acuerdo con la regulaci\u00f3n prevista en la ley de Infracciones y Sanciones del Orden social.<\/p>\n<p>Por lo expuesto, todas las empresas, independientemente de su tama\u00f1o, deben elaborar o revisar, si procede, las obligaciones en materia de igualdad con el fin de crear entornos de trabajo productivos, seguros y respetuosos para todas las personas, y combatir cualquier tipo de discriminaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La igualdad de oportunidades es un derecho universal reconocido por todas las sociedades democr\u00e1ticas, relacionado con la dignidad y la libertad humanas. No es una cuesti\u00f3n que afecta tan solo a las mujeres, sino tambi\u00e9n a la sociedad en general, tanto hombres como mujeres. Uno de los objetivos principales del Pacto Mundial de Naciones Unidas es conseguir la igualdad de g\u00e9nero y empoderar a todas las mujeres y ni\u00f1as (ODS\u00a05). La igualdad de g\u00e9nero no es solo un derecho fundamental, sino la base necesaria para conseguir un mundo pac\u00edfico, pr\u00f3spero y sostenible. 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